Nueva web del PSOE CALVIÀ

sábado, 17 de enero de 2009


Os recomendamos la nueva web del psoe Calvià en la que encontraréis información del trabajo que hace el partido en el municipio.
http://www.psoecalvia.com/

LEY DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO.

domingo, 4 de enero de 2009


• El 18 de septiembre el Pleno del Congreso aprobó la creación de una subcomisión para la reforma de la despenalización del aborto.
• La Sociedad Española de Contracepción ha informado de que en España cada año se registran cien mil interrupciones voluntarias de embarazo. De ellos, ocho mil son de chicas menores de 18 años.
• Entre las menores de 15 años, los embarazos no deseados se han multiplicado por cuatro en los últimos diez años.
• Tanto en diferentes resoluciones de JSE como en el debate del 37 Congreso Federal del PSOE la apuesta de los socialistas es la implantación de un sistema de plazos como el que rige en las legislaciones de nuestro entorno.

• El actual sistema de supuestos ha permitido a administraciones ultraconservadoras, como la del PP en la Comunidad de Madrid, atentar contra la intimidad de las mujeres que han abortado y perseguir a las clínicas acreditadas que practican abortos. La inseguridad jurídica les lleva a acusar de abortos ilegales a profesionales médicos y mujeres que han seguido simplemente el camino marcado por la Ley.
• La apuesta de los socialistas va más allá del sistema de plazos: más seguridad
para los profesionales médicos y para las mujeres que deciden abortar, tanto en el
plano médico como en el plano jurídico-penal. Nadie debe verse perseguido por
practicar un aborto legal ni ninguna mujer por querer abortar.
• Garantizar la realización de abortos en centros adecuados supone un aumento de
la confianza y de la libertad de la mujer a la hora de tomar una decisión como es la
de abortar.

CRONOLOGÍA DE LA REGULACIÓN EN ESPAÑA:

• 1983: Las Cortes aprueban un proyecto de Ley impulsado por el Gobierno
socialista para despenalizar el aborto.
• 1983: Alianza Popular lleva el proyecto ante el Tribunal Constitucional (ver BOE de
13/12/1983). Por entonces el recurso paralizaba la aplicación de la Ley.
• 11/04/1985. El Tribunal sentencia a favor de la inconstitucionalidad de la Ley, dando la razón en parte a AP, puesto que a la vez, en una sentencia de redacción
discutible por la doctrina, señala los requisitos que tenía que haber cumplido la Ley para ser constitucional.
• Primavera de 1985: El Gobierno reformula el proyecto, con cambios, y es aprobado por las Cortes. Entra en vigor la Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio, que introducía en el Código Penal de entonces el artículo 417 bis. Para el desarrollo de la Ley se dictó la Orden de 31 de julio de 1985, que fue sustituida por el Real Decreto 2409/1986, de 21 de noviembre.
• 1987: el Real Decreto es recurrido ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
dejando en suspenso su aplicación.
• 12/05/1988: en que es levantada la suspensión por el TS.
• 1995: Con la promulgación del Código Penal de 1995 no se reformó la Ley, siendo
el artículo 417 bis del Código anterior el único sustantivo que quedara en vigor.
• A finales de 1995, se presentó un nuevo proyecto que fue rechazado por las
Cortes.

SISTEMA ACTUAL: SISTEMA DE SUPUESTOS.

• El sistema actual de supuestos queda regulado por la Ley Orgánica 9/1985 en el artículo 417 bis del anterior Código Penal, sin que haya sido incorporado o modificado en el vigente. Establece tres supuestos de despenalización del aborto:
􀂃 Riesgo físico o psíquico para la salud de la embarazada.
􀂃 Que el embarazo sea consecuencia de una agresión sexual, siempre que
el aborto se practique en las 12 primeras semanas de gestación y que la
agresión haya sido denunciada.
􀂃 Graves taras físicas o psíquicas del feto, dentro de las 22 primeras
semanas de gestación.
􀂃 Esta regulación va acompañada de una serie de requisitos en cuanto a
los dictámenes médicos que posibiliten el aborto y, en cualquier caso, la
conducta de la embarazada en estos supuestos no es delictiva, aunque
prescinda de los dictámenes médicos o se realice el aborto en un centro
no acreditado.

• Al regularse el sistema de despenalización del aborto a través de supuestos, el
hecho de que un determinado embarazo esté incluido en el primer supuesto no
depende sólo de factores objetivos, como sería el caso de un sistema de plazos,
sino subjetivo, por cuanto deja abierta la posibilidad a que, a pesar de que según
un criterio médico el aborto sea legal, pueda ser visto como ilegal por otro criterio y perseguidos penalmente quienes hayan hecho el primer dictamen y practicado el aborto.

Por tanto, se genera una absoluta inseguridad jurídica que va en
detrimento de los profesionales médicos y de las mujeres que abortan.
Sistema de plazos.
• En el sistema de plazos, el aborto es plenamente libre, con independencia del
supuesto que lo origine, dentro de un número determinado de semanas entre las
primeras de la gestación.
• Esto da objetividad porque esas semanas de embarazo son un dato mucho más
determinable que los supuestos, que dependen de burocracia, informes médicos
que aseguren estar en un supuesto, etc. Y, como añadido, hay mucha mayor
seguridad jurídica por una sencilla disminución de la incertidumbre acerca de si un
aborto se practicó o no dentro de la legalidad.

• Cabe la opción de que, bajo determinados supuestos, el plazo para abortar se
amplíe más semanas en la gestación.


MIRANDO A NUESTRO ENTORNO JURÍDICO.

• Aborto libre en las 12 primeras semanas en Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria,
Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania,
Portugal, Chequia.
• 14 semanas en Rumanía.
• 24 semanas en Holanda.
• La mayoría de estos países amplían a 24 semanas el plazo en los 3 supuestos
legales que existen en España (violación, malformaciones y riesgo para la salud
de la madre).


POR LA LIBERTAD DE LAS MUJERES A DECIDIR SOBRE SU PROPIA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA. HACIA UNA LEY DE PLAZOS

• Hace 23 años el gobierno socialista de Felipe González elaboró la mejor ley para
ese momento de nuestra historia, pero ha llegado la hora de avanzar. En los
términos sociales actuales la vigente ley de interrupción voluntaria del embarazo
produce inseguridad social y jurídica además de ser de la meno avanzada de la mayoría de países de Europa respecto a este tema.
• El debate ha de llevarse a cabo de acuerdo a la neutralidad del Estado, y a una
sociedad laica y avanzada, de tal forma que hoy no debe discutirse de nuevo
aborto sí o aborto no, porque eso ya se hizo en su momento, ni debe introducirse
una óptica religiosa, de carácter privado, puesto que es una reforma legal que
afecta al conjunto de la ciudadanía

• Los jóvenes socialistas Consideramos el aborto como la última consecuencia de un fracaso social, el último escalón de un error colectivo donde ha fallado la educación, la información sexual, el acceso a los métodos anticonceptivos. Lo que sucede es que para nosotros -como para la inmensa mayoría de la sociedad actual (según el informe de la juventud 2008, el 60% de los jóvenes españoles apoyan la reforma de la ley del aborto- no queremos que una mujer pague con su futuro lo que es un fracaso colectivo.

Por eso es necesario mejorar la ley para clarificar la norma, marcar bien los límites y dar mayor seguridad jurídica a los ciudadanos y a los profesionales.
• Por eso, el conjunto de los socialistas consideramos imprescindible acompañar el
debate de modificación de la ley de interrupción voluntaria del embarazo con un
debate más amplio y con medidas específicas destinadas a la educación, la
información sexual y el acceso a los métodos anticonceptivos.
• En ese contexto, los jóvenes socialistas apostamos por una ley de plazos que, en
el contexto existente en la Unión Europea mejore las garantías y la seguridad
jurídica, social y médica de las mujeres que se ven obligadas a abortar.


Consideramos intolerables algunas declaraciones que la derecha española y otros
agentes conservadores han realizado en torno al debate abierto por el Gobierno
de España con la intención de desviar la atención sobre la realidad del problema.
Ni mucho menos el aborto se puede relacionar con la violencia de género, ni
tampoco una ley de plazos conlleva un aumento del número de abortos (el
ejemplo más significativo es el de Holanda, que con una ley de plazos muy flexible
y progresista -24 semanas- el número de embarazos no deseados y por ende de
abortos es el más bajo de Europa debido a intensas campañas públicas de
educación sexual)

Es necesario acompañar socialmente el debate sobre la reforma de la ley del
aborto ya que, como indican todos los estudios de opinión, la inmensa mayoría de
la sociedad española está a favor de aumentar las garantías y de ampliar los
derechos de las mujeres garantizando su libertad plena de decisión y equiparando
nuestra legislación con la europea. Es decir, que la contestación social a este
debate sea proporcional y equiparable a la realidad actual.
.

Buscar en este blog