Los terrenos del Fortí d'Illetes no son urbanizables

martes, 10 de febrero de 2009


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha ratificado que los terrenos del Fortí d'Illetes no son urbanizables.
El recurso se presentó contra la aprobación definitva del Plan Territorial de Mallorca en diciembre del año 2004. Este Plan Territorial clasificaba como suelo rústico y, por tanto, no urbanizable la zona.
En concreto, recibieron la catalogación de área de transición de armonización, con la excepción de un área de protección territorial de costa. En su demanda, el propietario defendía que esta propiedad -exceptuando la parte de protección costera- pasase a ser suelo apto para la urbanización.
Al final el sentido común, ha hecho que la sentencia alegue que la demanda, en su argumentación, "no es capaz de superar la dificultad que representa el hecho de que los terrenos ya fuesen suelo rústico tanto en el momento de la entrada en vigor de la Ley de Directrices de Ordenación Territorial de 1999, como en el momento de la modificación de la citada ley", por la cual cosa se ratifica que los terrenos no son urbanizables.

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